El Supremo ratifica que la comunidad de vecinos no puede prohibir a un residente la instalación de un punto de recarga para coche eléctrico en la plaza de garaje

El Supremo ratifica que la comunidad de vecinos no puede prohibir a un residente la instalación de un punto de recarga para coche eléctrico en la plaza de garaje

La instalación de puntos de recarga para coches eléctricos en garajes comunitarios ha sido una fuente constante de conflictos entre vecinos. Esta polémica, recurrente en muchas comunidades, ha sido abordada en el programa ‘Poniendo las Calles’ de COPE, donde Carlos Moreno ‘El Pulpo’ y el experto en motor, Alfonso García ‘Motorman’, han analizado la situación.

Ahora, el Tribunal Supremo ha puesto fin a la controversia al ratificar que ninguna comunidad de propietarios puede prohibir a un residente la instalación de un punto de recarga en su plaza de garaje individual. La sentencia valida así lo que ya establece la Ley de Propiedad Horizontal sobre este derecho del propietario.

La comunicación previa, el único requisito

El experto Alfonso García ‘Motorman’ ha aclarado que el propietario no necesita un permiso explícito de la comunidad. Según la ley, la única obligación que tiene el dueño de la plaza es comunicar de forma previa a la comunidad o al administrador de la finca su intención de realizar la instalación. Como ha explicado el experto, «no necesitas permiso, simplemente tienes que comunicar».

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de una comunidad de propietarios, resolviendo así la interpretación del artículo 17.5 de la LPH. La resolución judicial especifica que, aunque el cableado discurra por elementos comunes, no se precisa la autorización de la comunidad, salvo que se produzca una afectación «innecesaria o desproporcionada» o un perjuicio para otros propietarios. Este tipo de problemas en los garajes son más comunes de lo que parece, como demuestra el caso del okupa de una plaza de garaje en Madrid.

El origen de esta decisión judicial se remonta a un conflicto que comenzó a finales de 2017. En aquel momento, el propietario de un coche eléctrico notificó al administrador de su finca la intención de instalar un cargador en su plaza. Tras años de procesos judiciales, el Tribunal Supremo finalmente le ha dado la razón, sentando así jurisprudencia y aclarando el camino para futuros casos. La correcta utilización de las plazas de garaje es fundamental, ya que un error al aparcar puede costar hasta 3.000 euros de multa.

La decisión del Supremo es clara y contundente. ‘Motorman’ insiste en que «todas las comunidades de propietarios de vecinos no pueden prohibir a un residente la instalación, poner un punto de recarga para coche eléctrico en su plaza de garaje». Esta sentencia aporta seguridad jurídica y resuelve una duda que afectaba a miles de usuarios de vehículos eléctricos, en un contexto donde la justicia ya ha tenido que poner orden en los garajes por otros asuntos como guardar bicicletas.

FUENTE: https://www.cope.es/trafico/audios/supremo-ratifica-comunidad-vecinos-no-prohibir-residente-instalacion-punto-recarga-coche-electrico-plaza-garaje-20260427_3353525.html?shem=dsdf,sharefoc,agadiscoversdl,,sh/x/discover/m1/4#google_vignette

Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU. Sin embargo, los puntos de vista y las opiniones expresadas son únicamente los del autor o autores y no reflejan necesariamente los de la Unión Europea o la Comisión Europea. Ni la Unión Europea ni la Comisión Europea pueden ser considerados responsables de las mismas.

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