El artículo 9 recoge las diferentes obligaciones de los propietarios, entre ellas, la de responder por los daños causados y el deber de repararlos en caso de descuido.

Las comunidades de propietarios son escenarios donde, con frecuencia, surgen disputas y desacuerdos entre vecinos. Entre los motivos, el hecho de que uno de los propietarios tenga una vivienda en mal estado.
Sobre esta cuestión, la Ley de Propiedad Horizontal, en su artículo 9, deja claro las obligaciones de los propietarios. Concretamente, en el punto b), recoge el deber de estos para mantener en buen estado de conservación el inmueble, con el fin de que no perjudique a la comunidad. También la obligación de reparar los daños que ocasione el desperfecto.
Además, el propietario deberá permitir el acceso a su vivienda y permitir en él las reparaciones o actuaciones correspondientes conforme a lo establecido en la ley, con el fin de preservar el buen estado de la vivienda, “teniendo derecho a que la comunidad le resarza de los daños y perjuicios ocasionados“.
La ley también recoge el deber de todos los propietarios para respetar las instalaciones generales de la comunidad y los elementos comunes de la comunidad de vecinos, independientemente de que sean de uso general o privativo de cualquiera de los propietarios, y de que estén o no incluidos en su piso.
Cómo proceder
Sobre cómo actuar, primero, se debe notificar por escrito al propietario responsable el desperfecto, así como solicitar su reparación. Llegado el caso, se puede acordar en la junta de propietarios la aprobación de nuevas acciones contra el propietario, y si no hubiese respuesta, que la comunidad presente una demanda contra él por incumplimiento.
En todo caso, la vía judicial sería el último recurso para proceder a la solución de este tipo de conflictos desagradables.
